| | Según valor. Tarifas basadas sobre los valores de la mercancía. |
|
| Cuando el banco avisa al vendedor que una carta de crédito ha sido abierta a su favor por el comprador, sin que esto signifique que el banco garantice el pago.
|
|
| Transmisión electrónica la Aduana de EE.UU que permite procesar y desaduanizar la carga rápidamente.
|
|
| Notificación enviada por la compañía que informa al destinatario y a las partes sobre la fecha de llegada del envio. Puede incluir otra información sobre el envio, además del número de BL , peso, cargos debidos y ubicación. |
|
| Un almacén, sección de almacén o área asegurada designada por la Aduana como depósito aduanero. Es un área de almacenaje temporal para mercancías hasta que la carga sea despachada de aduanas y los impuesto pagados o se le asgine otro regimen aduanero. |
|
| Persona o empresa que tiene licencia para realizar trámites aduaneros en representación del importador/exportador. Con licencia para tal fin por la Aduana de su país. |
|
| Acuerdo entre el transportista y el embarcador para liberar carga con el compromiso de pago del flete marítimo dentro del tiempo establecido.
|
|
| Carga embargada por la aduana al no haber sido despachade de aduanas por el destinatario una vez vencido el plazo de permanencia. |
|
| Un transportista puede tomar una acción independiente dentro de una conferencia y acordar una tarifa para sí , y tener la capacidad de manejarla independiente de las acciones de otro transportista. |
|
| | Recargo calculado por el transportista sobre el flete para suplir incrementos en costo por combustible. |
|
| Es un recibo de la carga o un contrato por el transporte entre el embarcador y el transportista marítimo. Usado también como un instrumento de propiedad, el cual puede ser comprado, vendido o negociado mientras las mercancías están en tránsito. Al ser usado de esta forma, este debe ser un documento negociable "Order Bill of Lading." |
|
| El banco que ha emitido o abierto una carta de crédito. También llamado Opening Bank.
|
|
| Original B/L endosado por el embarcador, usado para negociar con el banco.
|
|
|
| Flete pagado antes de su traslado; dinero que se pagará antes de emitir un b/l. |
|
| | Término de seguro marítimo donde el agente no es legalmente responsable sobre daños a la carga por circunstancias fuera de su control como inundaciones, tormentas, terremotos o cualquier evento de la naturaleza. |
|
| Carga de tamaño irregular ya sea contenerizada o no.Requiere de aprobación, dependiendo de las circunstancias, antes de confirmar la reserva. |
|
| Término usado para describir la carga que no constituye un contenedor lleno o la que es paletizada, va cajas, etc., o maquinaria grande, camiones, etc. También usado para describir carga que no puede ser contenerizada debido a su tamaño/naturaleza.
|
|
| Se emite cuando se recibe el embarque en buen estado. Si hay daños o se acusa una falta de mercancía, no se emitirá un "clean bill of lading". |
|
| Término para nombrar un contenedor marítimo de carga. |
|
| Porcentaje aplicado a la tarifa del flete para ajustar las fluctuaciones monetarias a fin de igualar el tipo de cambio.
|
|
| Usado para avisar a la aduana del detalle del embarque, su propiedad, puerto de carga, etc. Por medio de este documento, el transportista certifica que la firma o nombre individual en el certificado es el propietario o consignatario de la carga.
|
|
| Documento formal, requerido en destino, declarando el origen de la carga y detalles relevantes de la misma. |
|
| Almacenes en la terminal de contenedores donde se consolidan/desconsolidan cargas LCL. |
|
| Movimiento de carga suelta entregada en punto de origen, descargada por el transportista en destino y recogida suelta en el terminal de destino.
|
|
| Carga suelta recibida en punto de origen, cargada en un contenedor por el transportista, luego entregada en destino sin manipular.
|
|
|
| Cobrado (efectivo) sobre entrega; Transportado sobre costo; Cambio de destino. |
|
|
| Una empresa que combina embarques pequeños a un punto común por una tarifa especial apropiada al cliente.
|
|
| Grupo de transportistas que combina recursos en un acuerdo para maximizar sus recursos eficientemente.
|
|
| Un vehículo diseñado para transportar carga diferente en el transporte continuo. Se construyen a prueba de presión y uso durante largos períodos. Muchos buques pueden llevar contenedores de 20" y 40" pies bajo la cubierta almacenada y cualquier tamaño bajo cubierta. Los contenedores pueden ser ventilados, aislables, tipo plataformas(abierto a los lados), refrigerados, carrozable o abierto en el techo. |
|
| Buque específicamente diseñado para transportar contendores con carga. Está adaptado con celdas verticales para mayor eficacia de carga y descarga. |
|
| Depósito de contenedores. Area de almacenaje donde los contenedores completos son recibidos y recogidos. |
|
| Carga embarcada en como contenedor completo por el embarcador en origen, entregada en el muelle muelle en destino, para que el transportista lo cescargue y pueda ser retirada como carga suelta. |
|
| Mercancía cargada por el embarcador en un contenedor completo en origen y entregado en destino en la terminal del transportista para recogida intacta por el consignatario. |
|
| Comisión pagada a un Freight Forwarder o Agente Aduanero por la naviera competente por las transacciones de exportación. La comisión es pagada o como un porcentaje, como cargos en el flete o como la suma total por contenedor, dependiendo del transportista y/o acuerdo. |
|
| Asegura al consignatario que un seguro cubre pérdida o daños sobre la carga mientras está en tránsito.
|
|
| Transferencia de un contenedor entre dos partes. |
|
| Contrato entre el transportista y el camionero que permite legalmente transferir equipos. |
|
| Documento financiero emitido por un banco por requerimiento del consignatario garantizando pago al embarcador, si ciertos términos y condiciones son completamente cubiertos. Normalmente contienen una breve descripción de las mercancías, documentos requeridos, fecha de embarque, y de expiración, después de lo cual el pago no será hecho. |
|
| Carga movida puerto a puerto vía terrestre o ferrocarril, y en puerto de destino movida por ferrocarril. |
|
| Copia del original del B/L que no puede ser negociado con el banco.
|
|
| Costes por día. Coste sobre contenedor soportado por el cliente por tiempo extra; cargos impuestos al camionero por el retorno tardío del equipo.
|
|
| Tipo especial de contenedor construido con un generador a diésel, diseñado para el transporte de productos refrigerados y perecederos. |
|
| Contrato entre el embarcador (o una asociación de embarcadores) y un transportista, con que el embarcador tiene un acuerdo para proveer una cantidad mínima de carga o ingresos de fletes en un período de tiempo acordado, y el transportista de común acuerdo fija cierta tarifa o tabla de tarifas así como un nivel de servicio definido ( como un espacio asegurado, tiempo de tránsito, rotación de puerto, o fallos en servicios similares). El contrato puede especificar también provisiones en caso de incumplimiento de una de las partes. |
|
| Contiene una lista de particularidades sobre el envío, un registro de los documentos que se trasmiten, y las instrucciones para la disposición de esos documentos. Se incluye también cualquier instrucción especial. |
|
|
| Penalizacion contra el embarcador o receptor por la liberación tardía de los equipos, más allá del tiempo permitido.
|
|
| El proceso de descargar mercancía de un contenedor.
|
|
| Cambio que se hace en la ruta de un embarque. |
|
| Embarcadores que usan contenedores para llevar la carga directamente desde sus instalaciones a los locales de sus clientes. El embarcador es responsable de ubicar y trincar la carga adecuadamente dentro del contenedor. |
|
| Tributo impuesto por la Aduana a las mercancías importadas. Existen 3 tipos básicos: (1) ad Valorem - Basado en el valor de la carga. (2) especifíco - una cantidad por unidad de cantidad, (3) Mix - combinación de tarifas ad valores y tarifas específicas. |
|
| Documento Unico Administrativo. Documento que la aduana requiere que se rellenen con el fin de liberar la mercancía. |
|
| Requerido por la Aduana para el control de las exportaciones. Actúa como un documento soporte para las estadísticas de las exportaciones. Esto incluye particularidades completas sobre el embarque.
|
|
| Ver Despachos de Aduanas. |
|
| Despacho a consumo - Permite la entrada de la mercancía de un modo definitivo en el pais. Se realiza mediante el documento DUA que contiene información tal como origen de la carga, descripción de la mercancía e impuestos a aplicar en el producto en particular.
Despacho en tránsito: Permite que la carga sea movida desde el muelle a un destino interno mediante un transportista autorizado, sin haber realizado despacho a consumo ni pago de impuestos en el puerto de llegada. La carga se despachará de aduanas en el punto de destino interno. |
|
| | Emitido por el consignatario o su agente de aduana al transportista marítimo como autoridad para liberar carga al transportista local. Incluye todos los datos necesarios para el empleado en muelle, que determina qué carga puede ser liberada al transportista local. |
|
| Operador en terminal que facilita la operación de carga y descarga de buques y otras actividades en la terminal. |
|
| Ubicar carga a bordo de forma organizada. |
|
| | Carga sin empaquetar o contenerizar, embarcada suelta en la bodega del barco, se considera carga suelta, granos, carbón y sulfuro. |
|
| Factura de las mercancías que el vendedor está enviado al comprador. Esto se utiliza muy a menudo por el gobierno para determinar el valor de las mercancías para estimar el gravamen de los impuestos de aduana, también se utiliza en la preparación de documentación consular. El Gobierno usa la factura comercial para controlar las importaciones a menudo especificadas en este formato, contenido, número de copias, idioma a ser usado, etc.
|
|
| Requerido por algunos países, este documento se utiliza para el control e identificación de mercancías embarcadas en ellos. Generalmente, se debe formular sobre formas especiales y puede requerir de autorización por parte de su Cónsul. |
|
| Fecha tope para que la carga sea entregada al buque o o lugar designado. |
|
| Flete aplicable para todo tipo de carga. |
|
| Carga de contenedor completo (Ful Container Load)
Contenedor de mercancías donde el embarcador es responsable de la carga y el consignatario es responsable de la descarga del contenedor en sus propias instalaciones. |
|
| Buques que realizan servicios entre los puertos principales (desde donde trabajan los buques oceanicos) y otros puertos mas pequeños situados en area próxima.
|
|
| Equivalente a un 40 pies (Forty Equivalent Unit), equivale a 2 TEUS.
Termino usado para expresar la capacidad de carga del buque. |
|
| Agencia gubernamental en EE.UU responsable de vigilar los aspectos reguladores de las actividades marítimas. |
|
| Evidencia de que los costos por flete de carga han sido pagados. Si hay un escrito, quizás sea presentado en el muelle para obtener la liberación de la carga. (Normalmente, una vez que el flete está pagado, la liberación generalmente no precisa documentación adicional). |
|
| Tiempo de almacenaje permitido en las instalaciones del transportista sin imposición cargos adicionales.
|
|
| Free On Board. Término internacional de venta. Las mercancías se ubican sobre el buque por el vendedor en el puerto de embarque según el contrato de venta. El riesgo de pérdida o daño de las mercancías es transferido del vendedor al comprador cuando las mercancías pasan la baranda del buque. |
|
| | Documento aceptado en lugar del b/l original para liberar la carga. Escrito que protege al transportista por salirse de las normas de negocio estándar, garantizado por un banco. |
|
| Averia Gruesa. Cobertura por las perdidas ocasionadas por el sacrificio voluntario (por ejemplo: echar por la borda o gastar la mercancia) para evitar la perdida del buque, tripulación, pasajeros o todo el cargo. El valor de la pérdida es prorrateada entre todos las partes interesadas. |
|
| Subida general de tarifas |
|
| | Bulto demasiado pesado para ser cargado por el equipo regular del buque. |
|
| Casa a Casa (igual que CY/CY). |
|
| Casa a Muelle (igual que CY/CFS). |
|
| El acto de hurtar la carga. |
|
| | También se conoce como "Waybill" sobre raill o "Pro Forma B/L" en camión. Se utiliza para documentar el traslado de mercancías entre el puerto y el punto de origen o destino. Debe contener información como, marcas, números, naviera, etc., para coincidir con el recibo de cubierta. |
|
| Estas instrucciones facilitan información específica al transportista interno acerca de la entrega de mercancía a un muelle en particular o naviera. Este término no debe ser confundido con "Delivery order" el cual se usa para la carga de importación. |
|
|
| | Less Than Container Load. Cualquier cantidad de carga (generalmente carga suelta) destinada para el transporte en contenedor. El transportista es responsable del embalaje y desembalaje del contenedor en el local del transportista.
|
|
| | Mercancia que puede dañar a personas, propiedades o el medio ambiente. Requieren un tratamiento específico tanto en cuanto embalaje como a manipulación y transporte. |
|
| Mantenimiento y reparación. |
|
| Lista de toda la mercancía cargada sobre el buque. Lista completa requerida por el transportista, aduana y el guardacostas. |
|
| Cargo minimo que puede cargarse por un b/l individual. |
|
| La combinación de 2 formas de transporte, generalmente se refiere a movimientos marítimo/ferrocarril, ferrocarril/camión/marítimo, aéreo/camión/ferrocarril/marítimo, movimiento intermodal incluye mini-puentes (MLB) y micropuentes.
|
|
| | (Non Vessel Operating Common Carrier) Compañía que alquila espacios a bordo de los buques, luego vende ese espacio a posibles embarcadores. También conocidos bajo regulaciones como Ocean Transportation Intermediary (OTI)
|
|
| | Recargo adicional sobre una tarifa a un determinado punto para crear una tarifa a otro punto.
|
|
| Certifica que la carga se ha colocado a bordo del buque nombrado, y está firmado por el jefe del buque o su representante. En transacciones sobre cartas de crédito, un "On Board B/L" es generalmente necesario para el embarcador para obtener pago del banco. Cuando todos los b/l's son procesados, un manifiesto de carga es preparado por la naviera. Este resume todas las cargas a bordo del buque por el puerto de carga y descarga. |
|
|
| Operador Economico Autorizado.
Persona, que puede ser tanto física como jurídica (fabricantes, importadores, exportadores, agentes, transportistas, intermediarios, puertos, aeropuertos, almacenes, distribuidores, entre otros), que interviene en el movimiento internacional de mercancías y a las que una Administración aduanera ha otorgado un estatus de confianza en la tramitación de sus operaciones aduaneras que le permite beneficiarse de una serie de privilegios. |
|
| Persona, que puede ser tanto física como jurídica (fabricantes, importadores, exportadores, agentes, transportistas, intermediarios, puertos, aeropuertos, almacenes, distribuidores, entre otros), que interviene en el movimiento internacional de mercancías y a las que una Administración aduanera ha otorgado un estatus de confianza en la tramitación de sus operaciones aduaneras que le permite beneficiarse de una serie de privilegios. |
|
| | Plataforma de camión que se usa para transportar los contenedores. |
|
| Documento preparado para mostrar el detalle total de la mercancía cargada en un contenedor, ej. peso (individual y total), dimensiones, marcas, embarcador, origen de las mercancías y destino, también ubicación de la carga dentro del contenedor. |
|
| País de fábrica, cultivo o producción de la carga. |
|
| Cargo impuesto por el transportista para colocar un contenedor completo dentro de un patio de contenedores. |
|
| Peso de la carga incluido el embalaje, envase y contenedores internos y externos. |
|
| Peso exclusivamente de la mercancía. |
|
| Puerto de descarga. Tambien es un acronimo para Proof of Delivery (Prueba de entrega) |
|
|
| Lugar de donde la mercancía importada se descarga, ya sea desde un avión o buque. |
|
| En exportación, el puerto final o punto de origen desde donde sale el buque o avión . |
|
| Puerto donde las mercancías se descargan del buque. |
|
| Muelle a casa (lo mismo que CFS/CY). |
|
| Muelle a muelle (lo mismo que CFS/CFS). |
|
| Dispositivo de seguridad en un contenedor para prevenir robos y garantizar que no haya ninguna manipulación; hecho de acero por la aduana o el transportista. |
|
| Peso de un contenedor y el material usado para el embalaje exclusivo de la carga. Cuando es aplicado al camión cargado, será el peso del contenido del mismo.
|
|
| | La reserva de espacio para cargar en un contenedor (CFS o CY), carga suelta o bultos. También se entiende como la llamada a un transportista internacional para reserva de espacio para una carga. |
|
| Si se usa en el seguro marítimo, significa reclamación hecha por el embarcador o compañía de seguro al transportista para recibir el pago por una perdida sufrida por negligencia.
|
|
| Recibo dado por un embarque recibidoo entregado en muelle o cubierta. Cuando se completa la entrega de un embarque en alta mar, el recibo de cubierta se cede al transportista y se emite un b/l . |
|
| | Embarques en los que el embarcador ha cargado y precintado el contenedor sin ser verificado por el transportista. |
|
|
| Capacidad peso muerto del buque para llevar carga. |
|
| Compañía autorizada que realiza los tramites documentales de exportación en nombre del remitente.
|
|
| Transporte interno a través de otro modo de transporte después de su descarga en puerto, carga moviéndose a o desde un punto del continente.
|
|
| Tonelada Larga (2,240 libras). |
|
|
| Transportista marítimo independiente que no pertenece a un grupo de transportistas marítimos o conferencia, y que establecen sus propios precios y políticas.
|
|
|
| Tonelaje usado para calcular tarifas de fletes como en la carga marítima. |
|
| Detalle de cargos, normas y reglamentos que deben seguirse. Que pueden aplicarse por costes de transporte, carga y descarga e impuestos de importación, etc.
|
|
| (Twenty-foot Equivalent Unit) Un contenedor de 20" es un TEU. Termino usado para expresar la capacidad de carga del buque. |
|
| Cargos cobrados por la terminal por la carga y descarga, montacargas, honorarios por documentación , y otros valores por importaciones y exportaciones. |
|
| (Trailer Interchange Receipt) Recibo de intercambio entre el camionero y la empresa transportista; documentos que demuestran la condición del contenedor /equipo en el momento del intercambio.
|
|
| Transferencia de la carga desde un transportista a otro. |
|
| Cargos de la terminal por cargas entregadas a la exportación. |
|
| Tarifas marítimas clasificadas en muchas formas, aquí un ejemplo:
Class - Grupo de artículos.
Commodity - Artículos específicos.
Arbitrary - Tarifa arreglada según puerto a puerto.
Minimum - El cargo menor
Heavy Lift Charge - Coste extra aplicado a carga que necesita equipos especiales para cargar o descargar, valor tasado para carga sobre cierta longitud.
Charter - Uso de un buque completo.
Ad Valorem - Basado en el valor de la carga.
Refrigerated - Carga que necesita de equipos de refrigeración.
Dangerous Cargo - Necesidad de manejo especial o estiba.
On Deck Cargo - Carga que debe ser embarcada sobre la cubierta del buque. |
|
| | Plataforma de vagón de ferrocarril sobre la que se cargan tráilers, contenedores, etc. |
|
| | Instalación que -bajo licencia emitida por la Aduana asociada - ha adquirido status extra-territorial. Las mercancías ingresadas a una Zona franca son consideradas que están siendo "exportadas" y pueden ser sujetas a manipulación o procesos de fabricación sin supervisión de la Aduana, pero estará sujeto a otras aplicaciones federales o leyes del estado y términos de contratos de almacenaje. |
|